El ministro de Justicia, Félix Bolaños, ha presentado una reforma de la Ley Orgánica de 1982 que regula la protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Según lo retransmitido por RTVE, el objetivo del Gobierno es actualizar una norma que, por su antigüedad, no podía prever fenómenos que hoy están plenamente presentes en la sociedad, y adaptarla así a la era digital y al desarrollo de las nuevas tecnologías. La reforma introduce varias novedades que amplían y refuerzan la protección de estos derechos fundamentales.
Una de las principales novedades es la regulación del denominado testamento digital. La reforma prevé que cada ciudadano pueda designar, dentro de su testamento, a una persona encargada de gestionar en el futuro esa parte de su legado digital una vez se haya producido el fallecimiento. Además, contempla que la propia persona pueda dictar resoluciones respecto a esta materia, de manera que su voluntad sobre el rastro y los contenidos digitales quede recogida y pueda ser administrada conforme a lo que haya dispuesto.
La ley aborda también un asunto muy de actualidad que la norma de 1982 no podía contemplar: los llamados true crime, es decir, las series, obras audiovisuales e incluso obras literarias que recrean crímenes reales. El texto busca proteger a las víctimas de delitos frente a prácticas que en muchas ocasiones suponen una revictimización, y para ello incorpora como nuevos supuestos de intromisión ilegítima en el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen este tipo de actividades, incluida la comercialización de series, libros o cualquier elemento audiovisual que esté en cuestión.
Otro de los capítulos destacados de la reforma se centra en la inteligencia artificial. El texto incluye un apartado específicamente dedicado al uso de la inteligencia artificial y de otras tecnologías capaces de generar o recrear imágenes con un grado de realismo tan alto que resultan prácticamente indistinguibles de la realidad. En esa línea, la norma considera una intromisión ilegítima la utilización de la voz o de la imagen de una persona con fines publicitarios o comerciales sin la debida autorización, un problema que, según el Gobierno, ya se produce en determinados anuncios y contenidos.
La reforma refuerza igualmente los derechos de las personas con discapacidad. El Ejecutivo subraya que estas personas son titulares plenas de sus derechos y que, por tanto, pueden prestar por sí mismas su consentimiento, aunque en función del grado y de la intensidad de la discapacidad pueda ser necesario que cuenten con determinados apoyos para otorgarlo. Con ello, la ley avanza en un modelo que combina la autonomía de la persona con la protección que en ocasiones resulta necesaria.
Con este conjunto de medidas, el Gobierno pretende que la protección del derecho al honor, la intimidad y la propia imagen responda a los retos que plantean tanto el entorno digital como la irrupción de la inteligencia artificial. La reforma se enmarca además en la adaptación al reglamento europeo de servicios digitales, y aspira a modernizar una ley que había quedado desfasada frente a realidades como los contenidos hiperrealistas, el rastro digital de las personas o la explotación audiovisual de crímenes reales.
