La Audiencia Provincial de Madrid ha levantado las medidas cautelares que pesaban sobre Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Según ha informado RTVE, la decisión llega en el marco de la causa que se sigue contra ella y supone un alivio evidente en su situación procesal, después de un periodo en el que había estado sometida a una serie de restricciones ordenadas por la instrucción. El tribunal ha adoptado la resolución al resolver los recursos planteados sobre el rumbo que debía tomar el procedimiento.
Entre las consecuencias más inmediatas de esa decisión figura la devolución del pasaporte a Begoña Gómez, un documento que le había sido retirado como parte de las medidas cautelares. La restitución del pasaporte implica que recupera plena libertad de movimientos, y pone fin a una de las limitaciones más visibles que arrastraba desde que el instructor decidió imponerle cautelas mientras avanzaba la investigación sobre los hechos que se le atribuyen.
La Audiencia Provincial no se ha limitado a revisar las cautelas, sino que también ha revocado parcialmente el procedimiento con jurado popular que se había fijado para enjuiciar el caso. Esa revocación parcial reordena la vía por la que discurrirá el juicio y matiza el alcance de lo que en su día había decidido el juez de instrucción, en una resolución que reconfigura de manera apreciable el contorno de la causa antes de que esta llegue a la fase de vista oral.
El aspecto de mayor calado es la retirada de dos de los cuatro delitos por los que el juez Peinado había abierto juicio oral contra Begoña Gómez. En concreto, el tribunal ha anulado los delitos de corrupción en los negocios y de apropiación indebida, de modo que esos cargos quedan fuera del objeto del futuro juicio. Se trata de una decisión que reduce el número de imputaciones que finalmente tendrán que ser valoradas y que estrecha el perímetro de la acusación tal como había quedado definido en la instrucción.
Con esa retirada, la Audiencia ordena que Begoña Gómez sea juzgada por un jurado popular por los presuntos delitos de tráfico de influencias y de malversación de caudales públicos. Son, por tanto, esos dos cargos los que se mantienen en pie y los que integrarán el eventual enjuiciamiento, después de que el tribunal haya descartado que la corrupción en los negocios y la apropiación indebida deban formar parte del elenco de delitos sometidos a examen en esta fase del procedimiento.
La resolución responde a los recursos que se habían interpuesto frente a la decisión del juez instructor de abrir juicio oral y de encauzar el asunto a través de la fórmula del jurado popular. Al pronunciarse sobre ellos, la Audiencia Provincial ha corregido en parte ese planteamiento, tanto en lo relativo a las medidas cautelares como en lo que atañe a la relación de delitos, fijando así el marco en el que deberá desenvolverse la siguiente etapa del proceso.
El caso mantiene una fuerte carga política por afectar de manera directa al entorno del jefe del Ejecutivo, y cada movimiento judicial es seguido con atención por las distintas fuerzas. La decisión conocida ahora, que alivia la posición de Begoña Gómez al levantar las cautelas y descartar dos de los delitos, no cierra la causa, sino que la reconduce hacia un juicio con jurado popular en el que todavía tendrá que dilucidarse su eventual responsabilidad por los dos delitos que se mantienen.
