Una reforma al artículo 41 de la Constitución mexicana añade una nueva causal especial para anular elecciones por injerencia extranjera. La modificación, descrita como sencilla y de pocas palabras y realizada en un periodo extraordinario, ha generado inquietud entre la abogacía organizada del país, que advierte sobre los riesgos que entraña pese a su aparente simpleza y a lo acotado de su redacción.
El Consejo General de la Abogacía Mexicana, integrado por la Barra Mexicana de Abogados, la Asociación Nacional de Abogados de Empresa y el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, emitió un comunicado en el que expresa su preocupación. A los tres colegios les inquieta que la Constitución se esté reformando con tanta facilidad, en este caso a través de un periodo extraordinario y con un cambio mínimo en su texto.
En cuanto al contenido, la reforma establece que una elección podrá anularse si se considera que existió injerencia extranjera. En opinión de la abogacía, ese enunciado, breve y general, deja una puerta abierta para que se cometan arbitrariedades, ya que no precisa con claridad qué debe entenderse por una intervención de ese tipo ni con qué nivel de implicación.
La crítica central apunta justamente a la ambigüedad del término. No se aclara si la injerencia tendría que ser la participación directa de un gobierno extranjero operando con dinero, recursos, bots u operadores electorales en campo, o si bastaría con algo tan menor como un tuit perdido o el comentario de una persona desde el exterior para invocar la causal.
Otro punto de inquietud es quién decide. La facultad de determinar si hubo o no injerencia quedaría en manos de la Sala Superior del Tribunal Electoral, una instancia que, de acuerdo con la abogacía, ha perdido buena parte de su independencia en los últimos años. Así, la misma autoridad que señalaría la presunta interferencia sería la encargada de evaluarla.
El estándar, advierten, resulta demasiado bajo y subjetivo. Quien pierda una elección podría invocar esta causal, sin que exista una ley que desarrolle sus elementos ni que la propia Constitución defina con claridad qué cuenta como una intervención extranjera, lo que abre un margen de discrecionalidad considerable a la hora de aplicarla.
La reforma tampoco aborda otros aspectos sensibles. No dice nada sobre la libertad de expresión, las campañas, los actores políticos ni los medios de comunicación, algo que la abogacía describe como un cheque en blanco para la Sala Superior. Frente a la medida conviven posturas encontradas: hay voces que sostienen que fortalece la democracia y otras que advierten graves riesgos para la autonomía electoral.
